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Corte Suprema fija que Vladimiro Montesinos permanecerá en prisión hasta septiembre de 2037

Viernes, 6 febrero 2026
La Corte Suprema de Justicia de la República del Perú emitió una decisión que modifica significativamente el cálculo de la condena del exasesor presidencial Vladimiro Montesinos Torres, estableciendo que su permanencia en prisión se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2037. Esta determinación se produce tras la anulación del cómputo previo de pena que había sido aplicado en el marco del caso conocido como Caso Pativilca y La Cantuta, en el que Montesinos fue condenado por delitos de homicidio calificado y desaparición forzada.
La resolución de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, presidida por la jueza María Vásquez Varga, declaró nula la interpretación que consideraba compurgada la pena de 19 años y 8 meses impuesta al exasesor. Según el tribunal, la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada había aplicado de manera indebida el cómputo de detención considerando detenciones de otros procesos, lo cual no corresponde al caso específico de Pativilca y La Cantuta.
Con esta corrección, la Corte Suprema determinó que solo deben descontarse los 72 meses (6 años) de detención que Montesinos cumplió en ese proceso específico. Sobre esa base, se estableció que le restan 13 años y 8 meses por cumplir, lo que sitúa la nueva fecha de finalización de la pena en septiembre de 2037.
La defensa de Montesinos había solicitado la declaración de prescripción de la acción penal, argumento que fue rechazado por el máximo tribunal debido a que los delitos imputados —homicidio calificado y desaparición forzada— son considerados de lesa humanidad y, por tanto, no prescriben bajo la legislación peruana.
Montesinos, recluido en la Base Naval del Callao, cumple múltiples sentencias por graves violaciones a los derechos humanos durante el régimen del expresidente Alberto Fujimori. Entre estos hechos se incluyen las masacres de Pativilca y La Cantuta, donde grupos paramilitares actuaron bajo órdenes del Servicio de Inteligencia Nacional durante la década de 1990.
La decisión de la Corte Suprema garantiza que la pena se ajuste conforme a los criterios legales vigentes, reafirmando el principio de que el cálculo de la pena debe ser riguroso y que las sentencias por crímenes de lesa humanidad se cumplan íntegramente según lo dispuesto por la justicia

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