Titulares de entidades públicas son responsables de implementar sanción a funcionarios inhabilitados y suspendidos para el ejercicio de la función pública
La Contraloría General de la República recordó que los titulares de las diversas entidades públicas del país, como ministros, gobernadores, alcaldes, y directores ejecutivos, entre otros, deben ejecutar de manera inmediata las Resoluciones que emita la Contraloría General de la República y el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, contra los funcionarios y servidores públicos que hayan sido sancionados por los actos irregulares cometidos en el ejercicio de sus funciones; y en consecuencia, se encuentren inhabilitados de ejercer cualquier cargo o función en las entidades del Estado.
Tras recordar que la Contraloría General notifica a los funcionarios y servidores sancionados y a los titulares de las entidades públicas para que tengan conocimiento de estas resoluciones, informó que de acuerdo al artículo 13.6 del Reglamento de Infracciones y Sanciones para la determinación de la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control, aprobada mediante la Resolución de Contraloría 100 -2018-CG, los titulares de tales entidades estatales, tienen hasta 5 días hábiles para implementar dichas resoluciones sancionadoras contra los referidos funcionarios públicos.